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El trámite de solicitud de registro de marca ante el IMPI puede parecer muy sencillo, ya que mucha gente lo realiza por cuenta propia y concluye satisfactoriamente, sin embargo, hay un porcentaje muy alto de marcas que son negadas por falta de respuesta a los oficios que envía el IMPI.
Muchas veces estos oficios son una consecuencia de un mal llenado de la solicitud o de un estudio fonético mal realizado. En el primer escenario, los oficios que emite el IMPI son de contestación de requisitos, y puede ser muy sencillo contestar, pero siempre es importante conocer bien la ley para no volver a equivocarse y que el IMPI cite un segundo oficio.
En el segundo caso, la respuesta al oficio puede ser mucho más complicada, porque a veces es difícil desvirtuar los argumentos de existencia de un impedimento legal que comunica el IMPI, sin embargo, siempre es recomendable dar respuesta a dichos oficios, los cuales deben de ir estrictamente fundados y motivados a efecto de lograr que la continuación del estudio pase sin objeciones y que obtengas el registro de tu marca.
En el evento en el que te encuentres en alguno de estos escenarios, no dudes en contactar a un abogado experto en propiedad industrial para que obtengas el registro de tu marca sin mayor problema. Asimismo, si todavía tienes dudas respecto a los oficios que expide el IMPI, te invitamos a revisar nuestro artículo: ¿QUÉ PASA SI EL IMPI EXPIDE UN OFICIO DE ANTERIORIDAD Y/O REQUISITOS?, en el cual podrás encontrar más información al respecto.