DECLARACIÓN DE NOTORIEDAD O FAMA DE TU MARCA
Una de las facultades que tiene el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), es emitir declaratorias de notoriedad o fama de marcas a través de su publicación en la Gaceta para difundir la información correspondiente y para que, de esta manera, el titular de la marca, pueda ejercer acciones legales para el caso de que alguien este violando sus derechos como dueño de la marca.
De conformidad con lo establecido en la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, se considera que una marca es notoriamente conocida, cuando un sector determinado del público o de los círculos comerciales del país, conoce la marca gracias a las actividades comerciales desarrolladas en México o en el extranjero por una persona que emplea esa marca por razones de sus productos o servicios o como consecuencia de la publicidad de la misma.
Por lo tanto, para que el Instituto pueda establecer dicha notoriedad, a través de un acto administrativo, tomará en cuenta cuán conocida por el público, es la marca.
Además de los datos generales de la marca, es decir, los datos del solicitante (nombre, nacionalidad, domicilio, teléfono, etc.), la marca, el número de registro correspondiente y los elementos probatorios, la solicitud deberá contener otros datos que se encuentran señalados en la ley de la materia.
Todos estos datos deben contener información tanto de México como del extranjero, si es que la marca se usa en otro país, esto, para que tenga mayor valor probatorio.