DERECHOS CONEXOS

DERECHOS CONEXOS

Registrar una obra trae los beneficios de otorgarte sobre ella derechos patrimoniales y morales, ello te faculta para decidir quienes tendrán derechos sobre la obra y hasta que límite serán, pero eso no es todo, también existen los llamados “derechos conexos”, que son los que protegen a las personas cuyas actividades se ven involucradas con el uso de obras que ya tienen un registro o un titular, por ejemplo, para los intérpretes o ejecutantes de una obra, así como los editores de libros, productores de fonogramas, productores de videogramas, y organismos de radiodifusión, ya que las actividades de todos éstos, involucran el uso de dichas obras y para evitar que tengan conflictos por utilizarlas, se deben registrar los derechos conexos ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor (INDAUTOR).

¿Cómo puedo hacer el registro de derechos conexos?

Para poder registrar los derechos conexos, deberás hacer el trámite ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor, con los siguientes requisitos:

  • Presentar la solicitud de Registro de Derechos Conexos, que INDAUTOR pone a tu disposición en su página.
  • Cubrir el pago de derechos vigente.

¿Cuál es la vigencia de los derechos conexos?

En México la vigencia de estos derechos va de la siguiente manera:

  • 75 años para los intérpretes o ejecutantes.
  • 50 años para los editores de libros, para los productores de videogramas y para los organismos de radiodifusión.

Si tu deseas estar altamente protegido para el momento en el que tu obra se vea vinculada con la actividad de un tercero, es mejor registrar los derechos conexos y evitar conflictos futuros, si lo requieres, acércate a un abogado de confianza para una explicación más detallada de estos derechos e incluso para el correcto llenado de la solicitud del registro de los derechos conexos.


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Paulina Barroso

Abogada egresada de la Universidad Iberoamericana con experiencia en derecho corporativo y propiedad intelectual