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El derecho de autor es un reconocimiento que se hace a favor del creador de obras literarias y artísticas de las ramas que prevé el artículo 13 de la Ley Federal del Derecho de Autor, entre los derechos de autor que reconoce el Estado, encontramos los derechos morales y los derechos patrimoniales, por lo que en esta ocasión hablaremos de los derechos patrimoniales.
¿Qué establecen los derechos patrimoniales y en qué consisten?
Estos derechos establecen que, en todo momento, los titulares podrán:
Refiere a que corresponde al autor el derecho de explotar sus obras, o el derecho de autorizar a algún tercer para la explotación de sus obras, sin que esto afecte la titularidad de los derechos morales. Es titular de este derecho, el autor, el heredero o el adquirente por cualquier título, estos últimos dos, serán considerados titulares derivados, mientras que el autor será considerado como titular originario.
Los titulares de los derechos patrimoniales podrán otorgar la autorización o podrán prohibir:
Estos derechos se encontrarán vigentes durante la vida del autor y cien años después de su muerte y cien años después de divulgadas.
Si el autor fallece sin haber nombrado herederos, la explotación de la obra o autorización de la explotación será por parte del Estado.