3 junio, 2020
SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES POR CONTINGENCIA
En días previos, se publicó en el Diario Oficial de la Federación las nuevas fechas de suspensión de actividades de las diversas autoridades a raíz de la contingencia, a efecto de prologar los plazos y términos procesales de la siguiente manera:
- Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI). Conforme al acuerdo del 27 de mayo de 2020 y publicado en el DOF el 29 de mayo, el periodo de suspensión de plazos y actividades será hasta que las autoridades sanitarias determinen las condiciones para su reapertura.
- Instituto Nacional del Derecho de Autor (INDAUTOR). Conforme al acuerdo del 21 de mayo del 2020 y publicado en el DOF el 29 de mayo, el periodo de suspensión de plazos y actividades será hasta el 15 de junio del 2020.
- Poder Judicial Federal. Conforme al acuerdo 10/200 del 25 de mayo de 2020, publicado el 28 de mayo en el DOF el 29 de mayo, el periodo de suspensión de plazos y actividades se extiende hasta el 15 de junio del 2020.
- Suprema Corte de Justicia de la Nación. Conforme al acuerdo 10/2020 del 26 de mayo de 2020, publicado el 28 de mayo en el DOF, el periodo de suspensión de plazos y actividades se extiende hasta el 30 de junio del 2020.
- Tribunal Federal de Justicia Administrativa (SEPI). Por medio del acuerdo ss/13/2020 del 26 de mayo de 2020, el periodo de suspensión de plazos y actividades se extiende hasta el 15 de junio del 2020.
- Consejo de la Judicatura de la Ciudad De México. Mediante acuerdo 25-17/2020 de 26 de mayo de 2020, autoriza ampliar la suspensión de labores y por ende la suspensión de plazos, del periodo de 18 de marzo al 15 de junio de 2020.
- Consejo de la Judicatura del Estado De México. Mediante circular número 32/2020 de 27 de mayo de 2020, autoriza ampliar la suspensión de labores hasta el 30 de junio de 2020.